martes, 10 de mayo de 2011

Educación aprobó serie de medidas para garantizar el dictado de clases

Sesión Extraordinaria Nº 723



Río Gallegos, 10-MAY-2011  Los integrantes del Consejo Provincial de Educación aprobaron, mediante Acuerdo Nº 78/2011, una serie de medidas excepcionales que tiene como propósito garantizar el dictado de clases y la recuperación de aprendizajes de los alumnos hasta la finalización del conflicto laboral que mantiene con las asociaciones gremiales de los docentes y/o hasta dar cumplimiento del programa de acciones para la compensación.  
            Con este fin, ayer se llevó a cabo la Sesión Extraordinaria Nº 723 con la presencia del presidente del CPE, Roberto Borselli; la vicepresidenta del Organismo; Marisa Oliva; las vocales por el Poder Ejecutivo, Irma Igor y Elsa Alonso; y el representante de los Padres, Juan Manuel Canale y con la participación de los directores de Niveles y Modalidades y vocales de Junta de Clasificación.
            De esta forma, los integrantes del Consejo Provincial de Educación aprobaron por unanimidad este acuerdo que enmarca esta serie de medidas en la Ley Nº 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes; la Ley Nº 25.864 de fijación de un ciclo lectivo anual para establecimientos educativos de 180 días efectivos de clase; y la resolución 94/2010 del Consejo Federal de Educación que ordena la implementación de alternativas de enseñanza para recuperar aprendizajes, entre otras acciones.
            El Acuerdo Nº 78 dispone, en primer lugar, la suspensión de todas las Comisiones de Servicio y de las actividades que signifiquen la pérdida de clases, pudiendo las Direcciones de Niveles y Modalidades autorizar la realización de jornadas institucionales que no impliquen la suspensión de actividades de docentes frente a alumnos.
            A la vez, faculta a las Juntas de Clasificación de todos los niveles de la enseñanza a “funcionar con los miembros que se encuentren presentes y que no estén adheridos a las medidas de fuerza, independientemente que para ello no reúnan el quórum exigido por el punto II inciso c) del Art. 10 de la Ley Nº 14.473 (Estatuto del Docente)”.
            En este sentido, el Acuerdo autoriza a las Juntas de Clasificación a “realizar la apertura de nuevos legajos e inscripción de aquellas personas que a tal fin se presenten ante dichos organismo técnicos y cuenten con título que los habilite para el ejercicio de la docencia, incorporando diariamente a los listados vigentes a los postulantes” y faculta a las direcciones de niveles y modalidades a designar a estos docentes “para prestar servicios en aquellos establecimientos en los que el personal directivo con competencia para realizar las designaciones se encuentre adherido a las medidas de fuerza por las entidades gremiales”.
            En tanto en los artículos 7 y 8 del acuerdo se ordena a las direcciones de niveles y modalidades “cubrir los cargos jerárquicos y no jerárquicos y horas cátedra en las que no se estén prestando servicio por adhesión a las medidas de fuerza de carácter gremial y a designar en su reemplazo otro docente” y, a la vez ordena, en cumplimiento de la normativa existente “dar de baja a todos aquellos docentes que se encuentren incompatibles en los términos del Decreto 1398/91 en los cargos u horas cátedra en las que hayan sido designados con carácter de excepción para cubrir la necesidad del servicio y no se encuentren prestándolo por estar adheridos a las medidas de fuerza, en un plazo perentorio”.
            Asimismo, se encomienda a la Secretaria de Coordinación Educativa elaborar un programa de acciones para asegurar la compensación correspondiente a cada día de clases perdido, estableciendo las medidas a aplicar para cumplir con los 180 días de clases.
            Cabe destacar que “la totalidad de las medidas dispuestas en los artículos precedentes tendrán vigencia a partir del día de la fecha y hasta la finalización del conflicto laboral y/o hasta dar cumplimiento a la totalidad de las medidas establecidas por aplicación”.
            Finalmente, este acuerdo fue elevado al Poder Ejecutivo Provincial para que sea ratificado mediante decreto provincial.

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